Cuándo es obligatorio llevar mascarilla en el coche

La nueva normalidad de la desescalada ha generado muchas dudas entre los conductores, entre ellas la de cuándo se debe llevar o no la mascarilla. La Dirección General de Tráfico lo aclara

Este lunes 4 de mayo dio comienzo la Fase 0 de la desescalada y con ella, también se han incorporado las nuevas normativas relativas al uso del coche. Y es que, si hasta el momento había que viajar de forma individual o como máximo con una persona con la que se compartiese domicilio y en distinta fila de asientos para respetar la distancia permitida, ahora con esta nueva fase hay un pequeño cambio.

La nueva orden ministerial del 3 de mayo, no solo obliga a la utilización de mascarillas en los diferentes medios de transporte público, sino que también en el propio vehículo privado. Una nueva norma que ha generado muchas dudas entre los conductores, ya que son muchos los que desconocen cuándo es necesario o no llevarla durante los desplazamientos en coche. Por ello la Dirección General de Tráfico (DGT) ha aclarado este punto a través de su cuenta de Twitter, explicando las nuevas normativas:

1. En los transportes privados particulares y privados complementarios de personas en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán desplazarse dos personas por cada fila de asientos, siempre que utilicen mascarillas y respeten la máxima distancia posible entre los ocupantes.

2. En los transportes públicos de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán desplazarse dos personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del conductor, debiendo garantizarse, en todo caso, la distancia máxima posible entre sus ocupantes.

3. En los vehículos en los que, por sus características técnicas, únicamente se disponga de una fila de asientos, como en el supuesto de cabinas de vehículos pesados, furgonetas, u otros, podrán viajar como máximo dos personas, siempre que sus ocupantes utilicen mascarillas que cubran las vías respiratorias y guarden la máxima distancia posible. En caso contrario, únicamente podrá viajar el conductor.

4. En el transporte público regular, discrecional y privado complementario de viajeros en autobús, así como en los transportes ferroviarios, en los que todos los ocupantes deban ir sentados, las empresas adoptarán las medidas necesarias para procurar la máxima separación posible entre los viajeros, de tal manera que no podrán ser ocupados más de la mitad de los asientos disponibles respecto del máximo permitido. En todo caso, en los autobuses se mantendrá siempre vacía la fila posterior a la butaca ocupada por el conductor.

5. En los transportes públicos colectivos de viajeros de ámbito urbano y periurbano, en los que existan plataformas habilitadas para el transporte de viajeros de pie, se procurará que las personas mantengan entre sí la máxima distancia posible, estableciéndose como referencia la ocupación de la mitad de las plazas sentadas disponibles, y de dos viajeros por cada metro cuadrado en la zona habilitada para viajar de pie.

Puntos con los que la DGT aclara cuándo debemos llevar mascarilla en los desplazamientos para evitar los contagios, ya sea en coche privado o en transporte público. Pero ¿Qué sucede cuando conducimos solos? En ese caso no es necesario utilizar mascarilla aunque igualmente debemos extremar las precauciones desinfectando correctamente el automóvil después de ser utilizado y evitando tocarnos la cara.

Es decir, la mascarilla será solo una barrera protectora cuando viajemos con más personas en el coche. Eso sí, siempre que la llevemos para conducir debemos asegurarnos de que está correctamente ajustada y de que el tamaño es el adecuado, para evitar que nos pueda afectar el campo de visión durante la conducción.

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